Limitaciones legales de la Autocartera
1.-Es necesaria la autorización previa por parte de la Junta General de Accionistas
2.- La Ley de S.A restringe la autocartera de las cotizadas al 5% de su capital social
3.- Con carácter general, la operativa de autocartera no debe exceder del 25% del volúmen negociado de acciones en cada sesión.